

🟢 GC | Nuevo curso: Prueba de ortografía
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Última clase de contenido teórico de este tema. La dividiremos en dos bloques:
En este punto toca ver qué dice el Código Civil sobre la personalidad civil de las personas naturales y de las personas jurídicas. Además, a tenor del artículo 34, ampliaremos con lo dispuesto en el propio C. Civil sobre la declaración de ausencia y fallecimiento.
Apartado muy sencillo y breve. ¿Cuál es el orden de prioridad para el ejercicio de los derechos y el cumplimiento de las obligaciones civiles de las personas naturales? ¿Y de las personas jurídicas?
¡Nos vemos en clase!